Adaptación de pruebas

Adaptación de pruebas

Adaptaciones de pruebas

El alumnado, ya sea oficial o libre, con necesidades específicas derivadas de discapacidades físicas, psíquicas, auditivas o visuales puede solicitar los recursos adicionales necesarios para desarrollar la prueba de certificación y / u otras tareas en el aula.

Procedimiento

Hay que rellenar la solicitud de adaptación de pruebas y adjuntar los documentos necesarios de los relacionados:

  • Certificado de reconocimiento de discapacidad del Departamento de Derechos sociales que informe del grado de discapacidad reconocido y / o certificado médico oficial.
  • Certificado emitido por el organismo acreditado correspondiente que informe de las características de la discapacidad o trastorno, si procede.
  • Documentación justificativa de modificaciones y adaptaciones curriculares, autorizadas por el Departament d’Educació, durante los últimos estudios cursados en el sistema educativo, si procede.

En la solicitud se deberá especificar el tipo de adaptación requerida: más tiempo para la realización de la prueba, ampliación de la prueba, ordenador, mesa, auriculares …

Plazos

Para todos los candidatos, oficiales y libres (convocatoria ordinaria), hay que entregar la solicitud y la documentación acreditativa no más tarde del 15 de marzo de 2024.

Para acceder a la solicitud, hacer clic aquí

No se admitirán solicitudes fuera del plazo establecido.

Otras situaciones

Los candidatos oficiales que por causa de fuerza mayor debidamente justificada no puedan presentarse el día de la convocatoria oficial, pueden solicitar una nueva convocatoria especial.

La fecha de la convocatoria especial viene determinada por las instrucciones del Departament d’Educació y no puede cambiarse (para los certificados oficiales Nivel Intermedio B1, Nivel Intermedio B2, Nivel Avanzado C1 y Nivel Avanzado C2).

Antes de comunicar una incidencia a vuestro departamento, hay que tener en cuenta la siguiente información:

  • La Escola Oficial d’Idiomes de Figueres publica las fecha de las pruebas oficiales con meses de antelación, y se informa debidamente a todos los candidatos.
  • Todos los trabajadores tienen derecho a un permiso de ausencia para asistir a un examen oficial. La escuela expedirá un certificado de convocatoria a examen y de asistencia a examen al alumnado que lo solicite.
  • Solamente se autorizarán convocatorias excepcionales por incompatibilidad con otras actividades laborales o de estudios que sean de obligado cumplimiento, o que no sean programables en otras fechas.
  • En el caso de que la escuela autorice la convocatoria especial, se podrá requerir documentación justificativa del hecho que motiva la solicitud.

Procedimiento

  • El alumnado tendrá que presentar una solicitud por escrito, acompañada de la documentación acreditativa de circunstancies alegadas. En el caso de que se acepte la solicitud, comunicaremos por escrito el día y la hora de la nueva convocatoria.
  • Las solicitudes deberán presentarse en la Secretaria del centro, no se admitirá ninguna solicitud que no aporte justificación documental.

Para acceder a la solicitud, hacer clic aquí

Normativa

  • Resolución EDU/2660/2023, de 18 de julio, por la que se convocan las pruebas extraordinaria y ordinaria correspondientes al curso 2023-2024, para la obtención de los certificados de los niveles intermedio B1, intermedio B2, nivel avanzado C1 y nivel avanzado C2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial que imparten las escuelas oficiales de idiomas. (DOGC. núm. 8966, de 26.7.2023).
  • Real decreto 1041/2017, de 22 de diciembre, por el que se fijan las exigencias mínimas del nivel básico a efectos de certificación, se establece el currículo básico de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y Avanzado C2, de las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se establecen las equivalencias entre las Enseñanzas de idiomas de régimen especial reguladas en diversos planes de estudios y las de este real decreto. (BOE núm. 311, de 23.12.2017)
  • Real decreto 1/2019, de 11 de enero, por el que se establecen los principios básicos comunes de evaluación aplicables a las pruebas de certificación oficial de los niveles Intermedio B1, Intermedio B2, Avanzado C1, y AvanzadoC2 de las enseñanzas de idiomas de régimen especial. (BOE núm. 11, de 12.1.2019)